Artículos bajo la categoría: Cooperativismo
Los precios y tarifas de los productos y servicios que se comercialice en las cooperativas no agropecuaria se determinan por estás, según la oferta y demanda, excepto los que puntualmente se decidan mantener o regular por el estado.
Esto significa que la cooperativa, puede vender a los precios que considere, según oferta y demanda, excepto los productos y servicios que son de interés estatal mantener a los precios que se determinen por el estado.
Para los servicios de electricidad, agua, gas telefonía, entre otros, se establecerán contratos con las instituciones responsable de prestar estos servicios, en el territorio donde radique la cooperativa, en los que se acordaran las condiciones de prestación de los mismos y sus precios entre las partes, (entre los prestatarios de esos servicios y la cooperativa), teniendo en cuenta sus especificidades.
Las cooperativas podrán establecer precios diferenciados para distintos segmentos de la población, por propia decisión en los casos que han sido regulados por el estado.
Es necesario tener en cuenta un conjunto de aspectos que requieren de precisión y énfasis. Tanto las cooperativas, como las entidades que se relacionan con éstas deben establecer en cuento a precios, los principios en que se sustentan éstos, mediante normas jurídicas, o sobre qué regulaciones se amparan, teniendo en cuenta, en general, lo siguiente:
Precios de venta de productos e insumos a las cooperativas.
1,- Para los productos que se suministran y a la vez se oferten en el mercado minorista, se aplicará el precios minorista menos un 20% de descuento al precio minorista fijado en formato domestico.
2,- Para los productos que sólo se vendan en el mercado mayorista, se aplicará el precio mayorista más un recargo que lo aproxime al precio minorista menos un descuento del 20%.
3,- Los precios de venta de los productos, insumos y materiales a las cooperativas deben ser sin subsidio. Para ello, en las modelaciones, antes de proceder a su venta o prestación a las cooperativas, se debe tener en cuenta, lo siguiente.
a) Evaluar si el precio actual en CUP no genera subsidio.
b) De generar subsidio los precios actuales, entonces, una vía para su eliminación, o minoración puede ser aplicando convertidores al componente en CUC y adicionalmente el valor en CUP, con lo que se obtiene un precio.
c) Con el nuevo precio obtenido se realizan modelaciones, para evaluar su factibilidad. Es decir, deben tener en cuenta que no sea un precio excesivo que pueda provocar que incrementen los precios finales, pero, tampoco muy bajo que pueda incentivar a algún miembro de la cooperativa a vender dicho insumo como mercancia.
El resultado obtenido a partir de aplicar la escala progresiva, se multiplica por la cantidad de socios de la cooperativa, determinando el monto a pagar. Datos Cantidad Cantidad de... Leer más












