La trasmisión respecto al cedido en tanto este no preste su conformidad, salvo si:
- El contrato básico es de ejecución instantánea y contiene obligaciones que no requieren la prestación directa del cedido;
- Lo que se transmite es un contrato con prestaciones pendientes y el cedido posteriormente acepta la prestación ofreciendo por el cesionario; y
- El contrato concertado mediante un instrumento que contiene todos sus elementos particulares es transmisible manualmente o por endoso, y esta transmisión se produce efectivamente.
¿Qué responsabilidad es exigible por incumplimiento del cesionario frente al cedente y el cedido?
El cedente no ha quedado liberado y el cesionario incurre en un incumplimiento que motiva la resolución del contrato básico.
- El cedido debe comunicarlo al cedente en un plazo de quince días (15) contados desde que conoció o debió haber conocido el incumplimiento. Esto solo se aplica en los casos en que la eficacia de la cesión está supeditada a la conformidad del cedido;
- El cedente puede subrogarse en las acciones del cedido contra el cesionario;
- El cedente responde ante el cedido como un fiador simple, sin acción de regreso contra el cesionario.




