
Las cooperativas aplican normas especificas de contabilidad y elaboran sus planes de ingresos y gastos en correspondencia con el nivel de producción o servicios proyectado, tomando en cuenta los vínculos contractuales que establezcan con las empresas, unidades presupuestadas y demás formas de gestión económica. En este régimen se incluye, entre otros aspectos, el patrimonio, los limites y formas de disposición de los bienes y derechos que lo integran, las reservas obligatorias y voluntarias, los seguros, las reglas internas de cobros y pagos, y la contratación, así como las normas de contabilidad, de precios y tarifas que se aplican.
Compone el patrimonio de la cooperativa
Referiremos que el capital inicial de la cooperativa puede constituirse por dos vía o ambas, esto es, a partir de los aportes en dinero de los socios fundadores, el cual se realizara en CUP o CUC en los casos que así lo requiera la actividad y moneda en que opera la cooperativa. El monto mínimo de aportación se establecerá en los estatutos.
En segundo lugar, a partir de la utilización del crédito bancario, si es que los aportes no son suficientes para cubrir los gastos iniciales e inventarios. También integran el patrimonio todos los bienes y derechos que adquiera la cooperativa durante el desarrollo de sus actividades. Las disposiciones sobre el patrimonio de la cooperativa requieren la aprobación de la Asamblea general.



