
La Junta Directiva es el órgano colegiado de dirección de la cooperativa, que se subordina a la Asamblea general y esta integrada por su presidente, un secretario y los demás miembros que la Asamblea General determine, según lo que prevean los estatutos.
Además de las que puedan fijarse en los estatutos y las que como Presidente de la Asamblea General tiene, el Presidente de la Junta Directiva tiene la atribución y la obligación de:
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Disponer la citación de los miembros para las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva y, en su caso, la invitación a las personas que se requiera.
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Presidir las sesiones de la Junta Directiva; y
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Proponer o exigir que se adopten las medidas necesarias para dar cumplimiento a las recomendaciones que emanen de auditorías u otras acciones de control externo que se realicen a la cooperativa, y controlar su ejecución.
Aparte de las que se puedan fijar en los estatutos, el Secretario de la Junta Directiva tiene las atribuciones y obligaciones principales siguientes:
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Preparar y tramitar las citaciones para las sesiones de la Junta Directiva.
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Garantizar la redacción del acta de todas las reuniones de la Junta Directiva, así como su custodia y el control del cumplimiento de los acuerdos.
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Llevar el control y registro de las actas, y demás documentos que se requiera; y
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certificar, cuando corresponda, los acuerdos de la Junta Directiva.



